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DE L'ENSENYAMENT PRIVAT

nº 144 desembre 1999

 

La implantación de la LOGSE, en el aire
El marco de la negociación colectiva

 

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Han transcurrido tres años desde la firma del Documento por la Conselleria

 

Alejandro Martínez, Redacció

La implantación de la LOGSE, en el aire

La Administración y los sindicatos firmaron en septiembre de 1996 un Documento sobre la implantación de la Reforma Educativa en los centros concertados del País Valenciano. Tanto la Administración Educativa como las organizaciones patronales y sindicales nos felicitamos por la firma. Sin embargo, también nos lamentábamos por haberse adoptado la fórmula de Documento, y no de Acuerdo. Por ello forzamos la firma de un anexo en el que la Conselleria se comprometía a elevarlo a la categoría de Acuerdo de Gobierno para su publicación en el DOGV.
A los dos años de la firma, la Conselleria de Educació sólo consiguió que el Pleno del Consell se diera por enterado de ese texto. Esa argucia legal pretendía restar fuerza jurídica para que la Administración cumpliera lo pactado. Ésa fue su estrategia, sabían lo que hacían. Transcurridos tres años desde la firma, todo apunta a que la Administración ha esquivado de nuevo sus compromisos. Es hora de conocer con detalle qué se decía en el Documento y qué es lo que se ha hecho. La maniobra salta a la vista.
El Gobierno valenciano es responsable del incumplimiento del Documento. Si cuando se incumplen los acuerdos privados existe una responsabilidad civil y se responde por ello, la Administración debe ahora dar cuenta de sus incumplimientos. Si no lo hace por las vías administrativa o judicial, habrá que exigirle las correspondientes responsabilidades políticas.

En su momento, los sindicatos recurrimos a la movilización, ya que en el Proyecto de Presupuestos del Consell, presentado un mes después de la firma, no se recogía una sola coma ni una sola peseta de lo pactado. Sólo tras encierros y manifestaciones conseguimos que el último día del debate parlamentario se aceptara por parte del Grupo Popular una transaccional con la enmienda de los grupos de la oposición que recogía las reivindicaciones unitarias.
Durante este tiempo hemos trabajado por desarrollar los diferentes puntos del texto, pero sólo se ha conseguido parcialmente. Hemos tenido que presionar mucho y forzar situaciones, porque sabemos que la firma no es el final de nada, sino más bien el principio de todo. Decíamos que "ninguna reforma educativa podrá alcanzar plenamente sus objetivos si tanto el profesorado como los titulares de centros no se sienten implicados en ella. Y para ello es necesario que abordemos temas como la plantilla de los centros, la formación y reciclaje del profesorado, la planificación de la red de centros, las retribuciones, o la recolocación del profesorado que resulte excedente con el nuevo diseño de los centros". Ante la aprobación de los últimos Presupuestos que pueden desarrollarlo, a pocos meses del final de su vigencia (septiembre del 2000), el estado de cumplimiento del Documento es el siguiente:

Formación del profesorado
Se asumía el artículo 56.2 de la LOGSE y se planteaba la necesidad de colaboración entre la Administración Educativa y las organizaciones empresariales y sindicales, con el fin de coordinar actuaciones en el campo de la formación, aunar esfuerzos y rentabilizar recursos. La Administración Educativa se comprometía a facilitar contactos entre organismos con el fin de facilitar acuerdos para la organización de cursos, seminarios o actividades de formación, impulsados desde sus programas institucionales de formación, así como a la homologación de dichas actividades. Tras muchas protestas y presiones se constituyó una Comisión Técnica, que efectuaría el seguimiento. De todo esto sólo existe la tinta del papel, pues desde la constitución esa comisión no se ha vuelto a reunir.

La red de centros
La Administración Educativa se comprometía a consultar con los firmantes la elaboración del Mapa Escolar. Este compromiso se tradujo en una convocatoria precipitada de la Comisión de Seguimiento para presentarnos el Mapa que ya conocía todo el mundo. Asimismo, la Conselleria se comprometía a mantener reuniones con los sectores afectados, previamente a la resolución de renovación, modificación o extinción de conciertos, así como a regular el procedimiento de tramitación de solicitudes de conciertos con las comisiones que se contemplan en el artículo 23 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos. La respuesta ha sido que las Comisiones Provinciales de Conciertos se han convertido en algo meramente formal y que sólo opinan -sin que se les haga ningún caso- sobre las nuevas incorporaciones al régimen de conciertos.

Retribuciones
El artículo 49.4 de la LODE recoge la homologación de todo el profesorado de los respectivos niveles, y en el Documento existe el compromiso que "a la finalización de la vigencia del mismo (septiembre del año 2000) el salario anual de los docentes de concertada será el mismo que el de los funcionarios docentes del correspondiente nivel". De entrada, el Gobierno valenciano interpreta, según lo que se recoge en el proyecto de Presupuestos para el año 2.000, que los sexenios que cobran nuestros compañeros/as de la enseñanza pública no es salario bruto anual (tal vez no deberían cotizar a Hacienda por ellos). Si aceptamos este principio -que no aceptamos-, deberíamos cobrar 106.061 ptas. más de complemento de homologación a lo largo del año 2000, es decir, 7.576 ptas. al mes. La interpretación que hace el Consell -en boca de una de sus funcionarias- es que, pagándonos las 7.576 ptas. en el mes de diciembre del 2000 ya estaríamos homologados, pero como son tan magnánimos, proponen pagarnos desde el mes de septiembre. De igual modo, la Administración se comprometía a regular los complementos de cargo (jefaturas de estudios y de departamento) a partir de 1997. Con un año de retraso se consiguió abrir la negociación de una orden que regulara sólo las jefaturas de estudios, recogiéndose su abono en diversas etapas desde septiembre del 98. Tras recogerse en los Presupuestos del 99 las partidas económicas pertinentes, este es el momento en que aún no se han cobrado. Ahora nos dicen que estos complementos se cobrarán probablemente a partir de enero del 2000. Pero todavía falta por regular las jefaturas de departamento.

Plantillas
Se negociaron las plantillas de Primaria de los centros y el compromiso de su total implantación en septiembre del 2000. Pero la Conselleria también adquirió el compromiso de estudiar y negociar con las organizaciones del sector, "a lo largo del curso 96/97, el diseño de las plantillas de los restantes niveles educativos para su plena implantación en septiembre del año 2000, así como su posible anticipación. Se comprometía, al efecto, a prever los fondos necesarios que permitan la aplicación de las plantillas aprobadas. La citada anticipación de plantillas tenderá a asegurar, cuanto menos, la creación de suficientes puestos de trabajo, de modo que se posibilite la recolocación del profesorado acogido al pago delegado cuyo contrato se extinga como consecuencia de la extinción del concierto o la reducción del número de unidades concertadas en su centro, o por la aplicación de las nuevas plantillas". De todo este punto únicamente se ha desarrollado el apartado correspondiente a las plantillas de Primaria, y quedan por negociar las plantillas de la ESO, los Ciclos Formativos, el Bachillerato Logse, la Educación Infantil y la Educación Especial. En estos momentos, esta situación afecta muy seriamente el cumplimiento del punto siguiente.

Profesorado afectado
Se entiende como profesorado afectado aquel que, figurando en la nómina de pago delegado, pierde su puesto de trabajo como consecuencia de la reducción del número de unidades o la extinción del concierto en su centro. Las patronales, por su parte, se comprometían a recolocar a todo el profesorado afectado. Para regular este punto se creó una Comisión de Seguimiento que ha funcionado con relativa normalidad. La recolocación del profesorado de Primaria se ha cumplido al tener negociadas las plantillas de primaria. En cambio, cuando empieza ahora la recolocación del profesorado de la FP (en extinción) es cuando surgen los problemas. Sobre todo, porque no están negociadas las plantillas de Secundaria, Bachillerato, Ciclos Formativos y Educación Especial y persiste la deshomologación de las titulaciones. De hecho, este año existen problemas para recolocar a más de 40 docentes de la bolsa, y el año que viene se creará una bolsa con el grueso del profesorado de la FP, que va a ser muy difícil de recolocar. La negociación de plantillas y la formación y homologación de las titulaciones de este profesorado habrían sido la clave para su recolocación en centros. También las patronales están incumpliendo este punto, ya que los centros, ante la perspectiva de completar sus plantillas el próximo mes de septiembre, y una vez finalizada la vigencia del Documento -y, por lo tanto, de los compromisos adquiridos-, están dificultando la recolocación del profesorado que ha perdido su puesto de trabajo. No sabemos si aún estamos a tiempo de remediarlo.

 


El marco de la negociación colectiva

III Convenio estatal para los centros de enseñanza de peluquería y estética, de enseñanzas musicales y de artes aplicadas y oficios artísticos.
La Mesa de Negociación todavía no se ha constituido.

IV Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.

La Mesa de Negociación se constituyó el 11 de noviembre y la primera reunión estaba prevista para el 16 de diciembre. La plataforma reivindicativa de este convenio está disponible en las distintas sedes del sindicato y en la página Web. También se ha remitido particularmente a toda la afiliación.

III Convenio colectivo de enseñanza y formación no reglada.Su vigencia finaliza el día 31 de diciembre. No ha sido denunciado.


VI Convenio colectivo de ámbito estatal de centros de asistencia y educación infantil.
Se firmó el 15 de noviembre. Debido a un error en su redacción y a una posible reclamación de la patronal andaluza, podría retrasarse su entrada en vigor.
Las principales modificaciones son las siguientes: vigencia, hasta el 31 de diciembre del 2001; salarios, incrementos del 2'1% para 1999, y los dos próximos años, el IPC más su desvio; clasificación del Personal, se fusiona el Grupo I y aparece la figura del Técnico Superior en Educación Infantil; contratos temporales, duración máxima de 12 meses dentro de un período de 16 meses; cláusula de descuelgue, aparición de porcentajes de pérdida de alumnado para no aplicar el incremento salarial.

 

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