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LABORAL

nº 144 desembre 1999

 

Documento sobre Salud Laboral

El sindicato presenta un texto abierto al debate

(Principios que inspiran la acción sindical en Salud Laboral)

 

1.- Que la democracia entre en los centros de trabajo. Hasta ahora la capacidad de la empresa para organizar el trabajo a su antojo ha sido una realidad incuestionable. Sin embargo, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales viene a cuestionar este precepto: obliga a la empresa a organizar, a informar y a consultar su actividad, de manera que no se vea perjudicada la seguridad ni la salud de su personal.

2.- Siempre se puede evitar el daño a la salud. Es prácticamente imposible encontrar situaciones de riesgo que no admitan algún tipo de medida de prevención. Sirva como ejemplo señalar que el índice de riesgo de un minero en Suecia es el mismo que el de un trabajador de Banca en España.

3.- No se puede dejar la prevención en manos de profesionales técnicos. Ni la determinación de los riesgos ni la de las medidas de prevención son algo "neutro", ajeno al continuo conflicto de intereses entre empresa y trabajadoras/es. Por ello, hay que considerar la prevención como algo que hay que negociar. Determinar cuánto riesgo es mucho riesgo no es algo que se pueda definir de forma aséptica. Además, las personas trabajadoras son quienes mejor conocen las circunstancias en que se desenvuelve su trabajo y cómo mejorarlas. Sin sus conocimientos y experiencia es imposible diseñar una prevención eficaz. Y sin su implicación y participación, cualquier plan de prevención está condenado al fracaso.

4.- La salud no se vende. La salud no es algo que se pueda cambiar por dinero. Vender la fuerza de trabajo no presupone vender la salud. Por ello, las personas trabajadoras debemos ser las primeras en responsabilizarnos de la defensa de nuestra salud, exigiendo unas condiciones de trabajo que no la deterioren.

5.- Identificar los riesgos y acabar con ellos. El mejor indicador de la existencia de riesgo es el malestar que el propio trabajo genera entre las trabajadoras/es. Pero muchas veces ni siquiera las propias personas afectadas son conscientes de la causa de ese malestar. Por ello, hay que destapar los problemas que en principio parecen individuales, sacarlos a la luz y convertirlos en algo colectivo, porque su solución requiere una acción colectiva.

6.- Concienciación y movilización, garantías de solución. No se puede confiar toda la acción sindical en materia de salud laboral a las denuncias que formulemos a Inspección de Trabajo. La mayor garantía para la solución de los problemas es, en primer lugar, la información y concienciación de las trabajadoras/es y, si es posible, su movilización. El uso de los medios de comunicación debe también jugar un papel importante. Muchos empresarios y gestores políticos preferirían antes pagar la multa de Inspección que verse denunciados en prensa, radio, etc.

7.- Ningún centro sin Delegada/o de Prevención. Debemos conseguir cuatro objetivos fundamentales:
• Que no quede un solo centro de trabajo ni ámbito educativo sin elegir las Delegadas/os de Prevención que por la Ley o su Convenio le corresponden y sin constituir el Comité de Seguridad y Salud. Las Delegadas/os de Prevención deben registrarse en las Delegaciones de Trabajo, al igual que se hace con los resultados de las elecciones sindicales.
• Que en los sectores más numerosos y dispersos, como la enseñanza pública no universitaria, el propio centro docente sea el ámbito de determinación de las Delegadas/os de Prevención que correspondan según el número de trabajadoras/es. Estas Delegadas/os de Prevención formarían parte del Comité de Seguridad y Salud de cada circunscripción.
• Que puedan ser Delegadas/os de Prevención trabajadoras/es que no sean ya delegadas/os de personal o miembros del Comité de Empresa o de la Junta de Personal. Hay que tender a que la actividad sindical en materia de salud laboral sea desarrollada allá donde sea posible por personas específicamente dedicadas a ello. Esta posibilidad deberá ser recogida en el Convenio Colectivo o Acuerdo, así como la dotación de horas sindicales específicas.
• Que el/la Delegada/o de Prevención juegue un papel activo. Debe identificar los riesgos inspeccionando los puestos de trabajo y recogiendo sistemáticamente las opiniones de las trabajadoras/es. Debe evaluar la importancia del problema detectado teniendo en cuenta los aspectos técnicos y legales. Debe informar a las trabajadoras/es, asesorarles y discutir con las personas afectadas las propuestas de mejora. Debe participar en las visitas de la Inspección de Trabajo y de los profesionales técnicos que efectúen la evaluación de riesgos y contrastar con ellas/os sus opiniones. Debe proponer soluciones a los problemas detectados y negociar con la empresa las medidas a tomar.
Para todo ello, las Delegadas/os de Prevención precisan de unos medios y una formación que deben correr a cargo de la empresa. No obstante, en todas las sedes del STEPV-Iv encontrarán material suficiente para formarse adecuadamente, y contarán con el apoyo de un grupo de trabajo formado por Delegadas/os de Prevención de los distintos sectores de la enseñanza en el País Valencià.

8.- Crear una cultura de prevención. El sistema educativo debe jugar un papel fundamental en la instauración de una cultura de prevención de los riesgos laborales en nuestra sociedad. Ello exige, por una parte, la creación de titulaciones específicas en esta área, pero, sobre todo, que el impulso a esa cultura preventiva esté presente en todos los niveles educativos. En algunos libros de texto que se utilizan hoy en día en nuestros centros de Primaria y Secundaria no se cuida este aspecto y los escolares asimilan como normal el trabajo en una cadena de montaje sin protección para las personas trabajadoras o el uso de grúas sin medidas de seguridad, por citar sólo dos ejemplos.


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